@article{Celotto_2019, title={Derechos de los robots}, volume={11}, url={https://revistas.unlp.edu.ar/ReDeA/article/view/7533}, DOI={10.24215/25251678e271}, abstractNote={<p>Durante décadas, hemos estado usando, teniendo, administrando refrigeradores, automóviles y teléfonos móviles. En suma, máquinas. Sin embargo, nadie ha pensado, hasta ahora, que tales máquinas podrían ser titulares de derechos. Las máquinas hasta ahora han sido "objetos" de derechos (propiedad, posesión, responsabilidad) y ciertamente no "sujetos". ¿Cómo es esto? Por la sencilla razón de que solo recientemente estas máquinas han comenzado a tener formas propias de inteligencia artificial que empiezan a hacer dudar de que puedan asumir una cierta autonomía decisional. ¿Entonces estas máquinas pueden ser titulares de situaciones jurídicas propias? Los robots de hace cien años no eran más que un invento literario de Karel Čapek. Un invento fascinante para el desarrollo inmediato que los robots han tenido en la literatura de ciencia ficción de los siguientes años. Hasta el punto que un visionario como Asimov consiguiera establecer las leyes de la robótica. Era 1942. Pero hoy estamos realmente a punto de tener que escribir estas leyes. No solo porque están cambiando profundamente los derechos de las personas humanas, sino también porque están empezando a configurarse derechos propios de las máquinas.</p>}, number={11}, journal={Derechos en Acción}, author={Celotto, Alfonso}, year={2019}, month={jul.}, pages={271} }