El amparo colectivo para garantizar el derecho de igualdad laboral y no discriminación en razón del género

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.24215/25916386e049

Palabras clave:

amparo colectivo, discriminación laboral, feminismos jurídicos, perspectiva de género

Resumen

La incorporación de variables de género en el Derecho ha puesto en el tapete de manera crítica, las parcialidades descriptivas y prospectivas de intocables teorías y conceptos jurídicos, lo que nos obliga a incorporar un enfoque metodológico de género desde el conocimiento mismo de las bases y fundamentos del Derecho y en especial, de los Derechos Humanos. Esto afecta, de manera indubitable, a nuestra tarea docente, de investigación y de extensión, poniendo en tela de juicio el modelo científico académico que venimos desarrollando.Las preocupaciones y ocupaciones teóricas y prácticas en nuestra tarea docente y profesional, nos desafían a la necesidad de introducir la perspectiva de género y los feminismos jurídicos en la “enseñanza y aprendizaje del Derecho como conditio sine qua non, para que la igualdad de Derechos Humanos de las mujeres y otras identidades no hegemónicas, no sea una mera declaración formal sino una realidad tangible y vivenciada en el aquí y ahora” (Bauger, 2019, p. 297), lo que en consecuencia redundará en la formación de las futuras generaciones de profesionales

La perseverancia por hacer de la igualdad un principio práctico que se pueda concretar mediante el reconocimiento de las diferencias de las personas, nos lleva a analizar desde la teoría jurídica feminista el caso “Sisnero, Mirtha Graciela y otras”[1]. El objetivo es contextualizar, indagar y analizar el principio de igualdad y de prohibición de toda discriminación, en una acción de amparo individual y colectiva, dentro de la lógica universal de los Derechos Humanos y la vinculación de esa lógica identitaria con la situación subordinada de las mujeres dentro de la realidad cultural que esta lógica revela.

 

[1] Corte de Justicia de Salta, "Sisnero, Mirtha Graciela; Caliva Lía Verónica y otras vs. Ahynarcá. S.A. – Tadelva y otros– Amparo. Recurso de Apelación" (Expte. N O CJS 33.102/09).

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Biografía del autor/a

Erika Silvina Bauger, Docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP

Abogada, egresada con Diploma de Honor y Medalla de la UNLP. Premio "Joaquín V. González". Auxiliar Docente con funciones de Adjunta de la Cátedra I de Derecho Internacional Privado de la FCJyS. de la UNLP. Especialización en Derecho Internacional Privado de la Universidad de Salamanca. Miembro del AADI, ASADIP e Instituto de Derecho Internacional Privado del Colegio de Abogados de La Plata. Becaria de investigación en Iniciación, Perfeccionamiento y Formación Superior de SECyT de la UNLP. Maestranda en Relaciones Internacionales y en Derechos Humanos de la UNLP. Estudiante de la Especialización en Docencia Universitaria de la UNLP. Integrante de la Red de Profesoras de la FCJyS y del Observatorio de Enseñanza del Derecho de la UNLP.

Citas

Allemandi, C. (2017). Sirvientes, criados y nodrizas. Una historia del servicio doméstico en la ciudad de Buenos Aires (fines del siglo xix y principios del siglo xx). Buenos Aires: Teseo.

Anzures Gurría, J. J. (2010). La eficacia horizontal de los derechos fundamentales. Cuestiones constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional, Nº 22, enero-junio (pp. 3-51).

Bauger, E. S. (2019). Perspectiva de géneros y feminismos jurídicos en la enseñanza del derecho. Revista Derechos En Acción, vol. 11, Nº 11 (pp. 297-312).

Bobbio, N. (1991 [1964]). El tiempo de los derechos. (Trad. R. De Asís Roig). Madrid: Sistema. (Texto original publicado en 1964).

Bolla, L. (2018). Cartografías feministas materialistas. Relecturas heterodoxas del marxismo. Nómadas, vol. 48 (pp. 117-133). DOI:10.30578.

Buteler, A. (2015). La presunción de inconstitucionalidad. Revista de Direito Administrativo & Constitucional, año 15, Nº 62- outubro/dezembro (pp. 33-43).

Carabajal, M (10/03/2013). La mujer que no puede subirse al colectivo. Página 12. Recuperado de https://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-215483-2013-03-10.html [Fecha de consulta: 09/06/2020].

Carrasco, C. (2006). La economía feminista: Una apuesta por otra economía. En M. J. Vara (ed.), Estudios sobre Género y Economía (pp. 29- 62). Madrid: Akal.

Costa, M. (2010). El debate igualdad/diferencia en los feminismos jurídicos. Feminismo/s, vol. 15- jun. (pp. 235-252).

De Barbieri, T. D. (1993). Sobre la categoría género: una introducción teórico-metodológica. Debates en Sociología, vol. 18 (pp. 145-169).

De Beauvoir, S. (1949) El segundo sexo. México: Siglo veintiuno.

De Miguel Álvarez, A. (2005). La articulación clásica del feminismo y el socialismo: el conflicto clase-género. En C. Amorós y A. De Miguel (comp.), Teoría feminista de la Ilustración a la globalización. Vol. 1: De la Ilustración al segundo sexo (pp. 295-332). Madrid: Minerva.

Durham, W. H. (1991). Coevolution: Genes, Culture, and Human Diversity. California: Stanford University Press.

Durán, M. (2000). Uso del tiempo y trabajo no remunerado. Revista de Ciencias Sociales, Nº18 (pp. 1-23).

Engels, F. (2017 [1884]). El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado (Trad. Editorial Progreso, Moscú) (Trabajo original publicado en 1884). Archivo Marx- Engels de la Sección en español del Marxists Internet Archive.

Federici, S. (2010). Calibán y la bruja. Mujeres, cuerpo y acumulación originaria. Buenos Aires: Tinta Limón.

Femenías, M. L. y Bolla, L. (2019). Narrativas invisibles: Lecturas situadas del feminismo materialista. La Aljaba, vol. XXIII, (pp. 91-105).

Ferrajoli, L. (1999). Igualdad y diferencia. En: L. Ferrajoli, Derechos y garantías: la ley del más débil (pp. 73-96). Madrid: Trotta.

Guerra Palmero, M. J. (2010) Universalismo, derechos humanos y perspectiva de género. Apuntes sobre teoría y praxis feminista. En: M. López Fernández Cao y L. Posada Kubissa (ed.), Pensar con Celia Amorós (pp. 93-106). España: Fundamentos.

Guillaumin, C. (2005 [1978]). Práctica de poder e idea de Naturaleza (1). En O. Curiel y J. Falquet (comp.), El patriarcado al desnudo (pp. 19-59). Buenos Aires: Brecha Lésbica.

Hartmann, H. (1994 [1976]). Las mujeres y el trabajo: rupturas conceptuales. En C. Borderías Mondejar; C. Carrasco Bengoa y C. Alemany (comp.), Capitalismo, patriarcado y segregación de los empleos por sexos (pp. 253-294). España: Icaria.

INADI (2016). Hacia una redistribución igualitaria de las tareas de cuidado. Buenos Aires: Instituto Nacional contra la discriminación, la xenofobia y el racismo.

Löwy, M. (2003). Walter Benjamin: Aviso de incendio. Una lectura de las tesis “sobre el concepto de historia” (Trad. Horacio Pons). Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.

Millet, K. (1995). Política sexual (Trabajo original publicado en 1969). Valencia: Editorial Cátedra Universitat de Válencia. Instituto de la mujer.

Nari, M. (2000). Maternidad, política y feminismo. En F. Gil Lozano; V. Pita y M. G. Ini (ed), Historia de las mujeres argentinas, Siglo XX (pp. 197-221). Buenos Aires: Taurus.

OEA (2007). Acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Américas. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA/Ser.L/V/II, Doc. 68, 20 de enero. Recuperado de http://www.cidh.oas.org/women/Acceso07/indiceacceso.htm [Fecha de consulta: 09/06/2020].

OIT (2018). Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo: Avance global sobre las tendencias del empleo femenino. Ginebra: Oficina Internacional del Trabajo. Recuperado de http://www.ilo.org/global/research/global-report/weso/trends-for-women2018/WCMS_6196603/lang--es/index.htm [Fecha de consulta: 09/03/2020].

Olsen, F. (2000). El sexo del derecho. En A. Ruiz (comp.), Identidad femenina y discurso jurídico (pp. 137 - 156) (Trabajo original publicado en 1990). Buenos Aires: Biblos.

ONU (1999). Globalización, género y trabajo. En Estudio Mundial sobre el papel de la mujer en el desarrollo. Nueva York: Naciones Unidas.

Pateman, C. (1995 [1988]). El contrato sexual. (Trad. de María Luisa Femenías. Introducción y revisión de María Xosé Agra Romero) (Trabajo original publicado en 1988). México: Anthropos. Universidad Autónoma Metropolitana. Iztapalapa.

Pautassi, L. (2007). El cuidado como cuestión social desde un enfoque de derechos. Serie Mujer y Desarrollo, Nº 87 (pp. 1-50). Santiago de Chile: CEPAL.

Ponce, M. B. (3 de octubre de 2019). Capacitarán a mujeres choferes de colectivos. El Tribuno. Recuperado de https://www.eltribuno.com/salta/nota/2019-10-3-0-0-0-capacitaran-a-mujeres-choferes-de-colectivo [Fecha de consulta: 09/05/2020].

Queirolo, G. (2019). Muchas pero invisibles: Un recorrido por las interpretaciones estadísticas del trabajo femenino en la Argentina, 1914-1960. Anuario del Instituto de Historia Argentina, vol.19 (1), e087. Recuperado de https://doi.org/10.24215/2314257Xe087

Raffin, M. (2006). La experiencia del horror: subjetividad y derechos humanos en las dictaduras y posdictaduras del cono sur. Buenos Aires: Editores del Puerto.

Wainerman, C. (2003). Padres y maridos. Los varones en la familia. En C. Wainerman (comp.), Familia, trabajo y género. Un mundo de nuevas relaciones (pp. 1-28). Buenos Aires: UNICEF, Fondo de Cultura Económica.

La polémica frase de un dirigente sindical de la UTA: “El cuerpo de la mujer no está preparado para manejar un colectivo” (15 de mayo de 2019). Infobae. Recuperado de https://www.infobae.com/sociedad/2019/05/15/la-polemica-frase-de-un-dirigente-de-la-uta-el-cuerpo-de-la-mujer-no-esta-preparado-para-manejar-un-colectivo/ [Fecha de consulta: 14/03/2020].

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Publicado

2020-12-27

Cómo citar

Bauger, E. S. (2020). El amparo colectivo para garantizar el derecho de igualdad laboral y no discriminación en razón del género. Anales De La Facultad De Ciencias Juridicas Y Sociales De La Universidad Nacional De La Plata, 17(50), 049. https://doi.org/10.24215/25916386e049

Número

Sección

Derechos Humanos