Ronald Dworkin y los delitos sexuales: de la filosofía del derecho a la historia del derecho (Bs. As. 1863-1903)

Autores/as

  • Betina Riva

Palabras clave:

Ronald Dworkin, delitos sexules

Resumen

El presente trabajo se propone poner en diálogo la iusfilosofía y la historia del derecho a partir de pensar las posibilidades que algunos aspectos que la teoría dworkiniana brinda para analizar el derecho penal a fines del siglo XIX y principios del XX. En este sentido, es mi intención pensarla en tanto herramienta analítica, sin dejar de observar la imposibilidad de hacer una transpolación directa entre las ideas contemporáneas y el funcionamiento del derecho en el pasado. Propongo aplicar cuatro de los puntos planteados por Ronald Dworkin (1931-2013) el uso de la jurisprudencia y el precedente para resolver problemas jurídicos, el lugar de la moralidad en el derecho – especialmente en el argentino-, el concepto de “caso difícil” y el lugar del juez en su resolución para pensar la manera en que se actuó frente a los delitos sexuales en el ámbito judicial bonaerense en el período 1863-1903, es decir desde el inicio del proceso codificador hasta la reforma que produce un cambio central en estos. Los delitos sexuales son quizás el grupo de crímenes que incluso hoy más exaltan la indignación moral de la sociedad como conjunto y de las personas individuales al tener noticias de ellos.

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Biografía del autor/a

Betina Riva

IDP, FCJS; UNLP/CONICET

Citas

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Publicado

2019-08-13

Número

Sección

Aportes y producciones