CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL: ¿Nuevo Marco Conceptual o Normas Contables Particulares?

Autores/as

  • Ricardo J. M. Pahlen Acuña
  • Ana M. Campo
  • Juan J. Permuy

Palabras clave:

Contabilidad gubernamental, Ley de Administración Financiera y Control del Sector Público Nacional N°24156 (LAF), Rendición de cuentas, Marco conceptual y Normas Contables Particulares.

Resumen

El producto final de la contabilidad -cualquiera sea la especialidad- debe cumplir con un objetivo y es el de suministrar información útil que refleje la realidad y el comportamiento social del ente. Si consideramos que la contabilidad patrimonial se refiere a una especialidad que para la elaboración de informes, requiere de la consideración de normas, el desafío radica en encontrar el camino para resolver las dificultades actuales relacionadas principalmente con el reconocimiento y medición de activos intangibles, pues los elementos patrimoniales tangibles pierden significatividad en la valoración del ente en su conjunto. Similar reflexión deberíamos efectuar sobre el producto final de la contabilidad gubernamental.
En lo que respecta a las del sector público, con la promulgación de la Ley de Administración Financiera y Control del Sector Público Nacional Nº 24156 (LAF), surgió un avance cualitativo y cuantitativo muy importante: Se aprobaron los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados para el Sector Público Nacional – Resolución Nº 25 /95 emanada del órgano coordinador del macro-sistema de Administración Financiera, a saber Secretario de Hacienda, impulsadas por el órgano rector del sistema de contabilidad, Contaduría General de la Nación y además se implantó el registro de contabilidad por partida doble.
Los principios y finalidades fundamentales del sistema de contabilidad gubernamental - que deberá ser llevado de acuerdo con los “principios y normas de contabilidad de aceptación general aplicables en el sector público”, como prescribe el Art. 87, apartado e, de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°24156- se encuentran enunciados en los distintos apartados de los Arts. 86 y 87, LAF.
La LAF ordenó a la Contaduría General de la Nación “Dictar normas de contabilidad gubernamental para todo el sector público nacional. En ese marco se prescribirá la metodología contable a aplicar y la periodicidad, estructura y características de los estados contables financieros a producir por las entidades públicas”.
Debemos tener en cuenta que el sector público se distingue por una serie de características que pueden influir al momento de definir el Marco Conceptual. Ellas son:

1) Elementos externos a la organización o de influencia indirecta: se relacionan con conceptos contables como el reconocimiento de las operaciones y algunos de los requisitos de la información, lo que permite justificar la necesidad de adoptar prácticas determinadas:

  • Heterogeneidad
  • Fragmentación del poder
  • Responsabilidad
  • Ausencia de mercado.

2) Elementos internos a la organización o de influencia directa: se ubican características que afectan directamente los requisitos de la información contable como ser:

  • Prestación de un servicio como objetivo prioritario
  • Ausencia de ánimo de lucro
  • Dificultades para la medición del output
  • Diferente concepto de beneficio
  • Énfasis en la posición financiera
  • Importancia del presupuesto y de la legalidad.

Al momento de definir un Marco Conceptual, los elementos que lo integran son claramente identificables: los objetivos de la información contable, sus características cualitativas, los elementos de los estados contables o financieros y el concepto de mantenimiento de capital. Si nos referimos al segmento de la Contabilidad Gubernamental, su integración dentro de dicha estructura, puede dar origen a interpretaciones específicas acerca de sus elementos principales pero nunca a la consideración de un Marco Conceptual diferente, ya que se entiende que dicho Marco debe ser único para ambos segmentos: contabilidad financiera y gubernamental, pues en ellos se consensuaron cuestiones de la teoría contable como definición de activos, pasivos y resultados.
La heterogeneidad del sector público se manifiesta en que las organizaciones que lo integran, no solo prestan una variedad de servicios diferentes, sino también en las características legales, sociales, económicas y políticas que presentan. Dichas organizaciones poseen poderes y responsabilidades, así como distintos objetivos, fuentes de financiación y estructuras organizativas que conllevan a adoptar diferentes prácticas contables que difieren, en algunos casos, de los aplicados a los entes privados, lo que justifica el dictado de normas propias para el Sector Público.
Asimismo, los estados contables o financieros son documentos importantes que le permiten a la sociedad - como sujetos pasivos - evaluar la administración responsable de los fondos públicos por parte del gobierno, relacionados con la norma presupuestaria que aprobara el órgano volitivo (Congreso Nacional).
Contar con normas precisas es decisivo para exigir la rendición de cuentas a las entidades del sector público, respetando los requisitos de la información contable que deben satisfacer los informes financieros elaborados por dichas entidades y que el legislador le ha otorgado a la Contaduría General de la Nación.
El sector público debe asegurar que cuenta con un proceso normativo transparente y de alta calidad para ratificar la fiabilidad y utilidad de los estados contables gubernamentales. Cabe agregar que las actuales normas generales aplicadas en los informes del Sector Público Nacional (Resolución 25/95 de la Secretaria de Hacienda) fueron dictadas con anterioridad a los estándares internacionales para el Sector Público emanados de la Federación Internacional de Contadores (IFAC).
Las diferencias entre el contexto local frente al internacional, los desarrollos nacionales no considerados en los estándares internacionales y las eventualeS diferencias de la estructura normativa de la contabilidad pública respecto de la establecida en dichos estándares, se entiende, justifican ampliamente que en una primera instancia, la Contaduría General de la Nación, en Argentina, emita normas propias, empleando aquéllos como supletorios, recomendaciones o buenas prácticas.

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Citas

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Publicado

2015-12-01

Cómo citar

Pahlen Acuña, R. J. M., Campo, A. M. ., & Permuy, J. J. (2015). CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL: ¿Nuevo Marco Conceptual o Normas Contables Particulares?. Proyecciones, (9). Recuperado a partir de https://revistas.unlp.edu.ar/proyecciones/article/view/7528

Número

Sección

Artículos