¿Corresponde daño extrapatrimonial por problemática de Género?

Autores/as

  • Juan Cruz López Guillermón

DOI:

https://doi.org/10.24215/25251678e279

Palabras clave:

Daño extrapatrimonial., Género, Daño-Reparación

Resumen

En el presente trabajo pretendo analizar si corresponde, en el ámbito de las relaciones de consumo, -usando como practica comercial ejemplificativa- en la práctica abusiva conocida como Pink Tax, si aquella persona damnificada -en lo que asevero es a causa de la problemática de género-, puede exigir la reparación del daño dentro de la órbita del Daño extrapatrimonial. En otras palabras, el objetivo de este trabajo es analizar si es posible exigir una reparación, en calidad de daño extrapatrimonial, a causa de un daño producto de la problemática de Género. Para ello indagaré en las distintas concepciones de daño, en el significado y perjuicios producidos por la antes dicha problemática, y si estas repercusiones disvaliosas están incluidas dentro de la órbita de la primera.

 

 

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Biografía del autor/a

Juan Cruz López Guillermón

Abogado de la Universidad de Buenos Aires. 

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Publicado

2019-06-28

Cómo citar

López Guillermón, J. C. . (2019). ¿Corresponde daño extrapatrimonial por problemática de Género?. Derechos En Acción, 11(11), 279. https://doi.org/10.24215/25251678e279

Número

Sección

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