Expertos e ignorantes: malas razones para el elitismo penal

Autores/as

  • Emiliano Vitaliani

DOI:

https://doi.org/10.24215/25251678e362

Palabras clave:

populismo penal, elitismo penal, democracia

Resumen

Nuestra Constitución consagra en su art. 39 el derecho a presentar iniciativas ciudadanas de ley. Sin embargo, estas iniciativas no pueden versar sobre algunas materias vedadas entre las que se encuentra el derecho penal.  Esta restricción es tributaria de una concepción elitista del derecho penal según la cual él es especialmente complejo y las mayorías son especialmente irracionales cuando lo tratan, por lo que debería estar alejado de las pasiones populares.

Este trabajo se propone mostrar que el argumento de la complejidad no es suficiente para afirmar que el derecho penal deba estar distanciado de la participación ciudadana. Para ello, se argumentará en primer lugar que no hay preguntas especialmente complejas en el derecho penal, sino que se trata en esencia de reprochar algunas conductas a nuestros conciudadanos de alguna forma específica. En tanto reprochamos conductas que nos parecen socialmente condenables, parecería ser que la sociedad tiene algo especialmente relevante para decir en el asunto.

Adicionalmente, el elitismo falla al considerar las posiciones y el conocimiento de los ciudadanos en un momento previo a la deliberación colectiva. Como nos enseña la teoría de la democracia deliberativa, el conocimiento y las preferencias son endógenas al proceso político, por lo que sería un error equiparar una decisión democrática a la opinión pública. Por último, se argumentará que los expertos sí participarían en caso de permitir las iniciativas ciudadanas en materia penal, ya que seguirían teniendo un rol central tanto en el Congreso como en la deliberación a gran escala.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Métricas

Cargando métricas ...

Biografía del autor/a

Emiliano Vitaliani

Estudiante avanzado de abogacía y ciencia política (UBA). Ayudante alumno de Elementos de derecho constitucional. Autor de "Las Comunas de la Ciudad de Buenos Aires", en Azrak, Damián (comp), Pensar la Ciudad. Comentarios a la Constitución porteña desde la igualdad, autonomía personal y derechos sociales. 

Citas

CURATO, N., DRYZEK, J., ERCAN, S., Hendriks, C., y NIEMEYER, S. (2017). “Twelve Key Findings in Deliberative Democracy Research” en Dedalus Journal of the American Academy of Arts & Sciences, Summer 2017, pp. 28-38.

DUFF, A. (2015) Sobre el castigo. Por una justicia pena que hable el lenguaje de la comunidad, Buenos Aires: Siglo XXI

--------- (2015), “¿Hacia una teoría del Derecho penal?”, en Beade, G. y Martí, J. L. (ed.), Discusiones sobre la filosofía del Derecho penal. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

DZUR, A (2010). “The Myth of Penal Populism: Democracy, Citizen Participation, and American Hyperincarceration” en The Journal of Speculative Philosophy, Vol. 24, No. 4-

ELSTER, J. (1997). “The market and the forum” en Bohman, J. y Rehg, W. Deliberative democracy, Londres: MIT Press.

FEARON, J. (1998) “Deliberation as discussion” en Elster, J. (ed.) Deliberative Democracy, Estados Unidos: Cambridge University Press.

FERRAJOLI, L (1998). Derecho y razón, Madrid: Trotta

-------------- (2008). Democracia y garantismo, Madrid: Trotta.

FUNG, Aaron. “Recipies for Public Spheres: Eight Institutional Design Choices and Their Consequences” en The Journal of Political Philosophy, Vol. 11, Nro. 3, 2003

GARGARELLA, R. (2016). Castigar al prójimo. Por una refundación democrática del derecho penal, Buenos Aires: Siglo XXI

GOLDMAN, A. y O'CONNOR, C., "Social Epistemology", The Stanford Encyclopedia of Philosophy (Fall 2019 Edition). Recuperado en https://plato.stanford.edu/entries/epistemology-social/

GUTMAN, A. y THOMPSON, D. (2004). Why deliberative democracy. Princeton: Princeton University Press.

HAMILTON, A., MADISON, J. y Jay, J. (2014) El federalista. México: Fondo de Cultura Económica.

HEIBERT, J. L. y Kelly, J. B. (2015). Parliamentary Bill of rights. The eperiences of New Zeland and the United Kingdom, Reino Unido: Cambridge University Press.

MANIN, B. (1997) Principios del gobierno representativo, Madrid: Alianza

PASTOR, D. (2005) Recodificación penal y principio de reserva de código, Buenos Aires: Ad-Hoc

PETIT, P. “Is Criminal Justice feasible?”, Buffalo Criminal Law Review, Vol. 5, No. 2 (January 2002), pp. 427-450

PRATT, J. (2007). Penal populism. Oxon, Canada: Routledge, Taylor and Francis Group

PRATT, J. y MIAO, M. (2017). Populismo penal: el fin de la razón. Nova criminis, Vol 9, No. 13, pp. 33-105.

RAWLS, J. (1997). “The idea of public reason” en Bohman, J. y Rehg, W. Deliberative democracy, Londres: MIT Press.

SARAT, A y SCHEINGOLD, S. A. (2006). Cause lawyers and social movements, California: Stanford University Press.

STRANDBRINCK, P. (2018). “Epistocracy and participation in a post-truth world”. Democratic Theory, vol. 5, no 1, p. 1-17.

SPARKS, R. (2000). “Risk and blame in criminal justice controversies: British press coverage and official discourse on

prison security (1993–6)” en Brown, M. y Pratt, J., Dangerous offenders. Estados Unidos: Routledge.

ZAFFARONI, E.R. (2014) “¿Habrá llegado la hora?”, Infonews, Buenos Aires, 3 de marzo.

Descargas

Publicado

2020-03-31

Cómo citar

Vitaliani, E. . (2020). Expertos e ignorantes: malas razones para el elitismo penal. Derechos En Acción, 14(14), 362. https://doi.org/10.24215/25251678e362