Nuevos desarrollos en torno a la conexión domiciliar con especial referencia a la reforma legislativa uruguaya

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.24215/2618303Xe048

Palabras clave:

derecho internacional privado, sistema conflictual, domicilio, conflicto móvil

Resumen

Entre las diversas metodologías existentes para abordar las dimensiones del caso privado con elemento extranjero, la tendencia general ha sido hacia la elección del tradicional enfoque conflictual con sus diversas variantes (lex fori, bilateral, unilateral y las perspectivas flexibilizadoras). El corazón de esta concepción es el “conflicto de leyes”, resuelto a través de la norma de conflicto, formal o indirecta. A nivel general –al menos en el continente americano– la tendencia general ha sido a la adopción del criterio domiciliar (tanto en los Tratados de Derecho Civil Internacional de Montevideo 1889 y 1940, en las Convenciones Interamericanas, en las disposiciones del Mercosur, entre otras). La reciente aprobación de la Ley General de Derecho Internacional Privado (Ley 19.920), nos obliga a revisitar al localizador domiciliar, pues éste se erige como la piedra del sistema conflictual uruguayo.

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Biografía del autor/a

Alejandro Matias Ferreira Marino, Universidad de la República , Uruguay

Licenciado en Relaciones Internacionales por la Universidad de la República, Uruguay. Aspirante a Docente en Derecho Internacional Público e Historia de las Relaciones Internacionales, así como docente de Protocolo y Ceremonial y en diversas Tecnicaturas de UTU (“Universidad del Trabajo de Uruguay”), Miembro del Centro de estudios de la propiedad intelectual (CEPI) y de la Escuela Latinoamericana de la Propiedad Intelectual (ELAPI).

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Publicado

2023-06-28

Cómo citar

Ferreira Marino, A. M. (2023). Nuevos desarrollos en torno a la conexión domiciliar con especial referencia a la reforma legislativa uruguaya. Revista Electrónica De Derecho Internacional Contemporáneo, 6(6), 048. https://doi.org/10.24215/2618303Xe048