Protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante conforme la legislación española

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.24215/25916386e237

Palabras clave:

donantes en vivo , órganos y tejidos, trasplante, legislación española , protección

Resumen

La donación de órganos o tejidos se puede realizar inter vivos o mortis causa. Las personas que donan en vida para que se pueda trasplantar su órgano o tejido tienen que cumplir unos requisitos y condiciones, pero también tienen que ser protegidos en el ámbito del derecho. Precisamente, la Ley 6/2024, de 20 de diciembre mejora su protección ya que se ocupa de modificar distintas normas relacionadas con el ámbito laboral y la situación de incapacidad laboral por haber realizado la donación en vida. Nos proponemos en este trabajo analizar las distintas medidas de protección que se regulan en la legislación española y sus consecuencias de un acto de amor como es la donación de órganos, en este caso en vida, con la finalidad de ayudar a otra persona que lo necesita. Unas medidas que han afectado que se contemplan en especial sobre las prestaciones económicas del derecho al subsidio.

Biografía del autor/a

  • Francisca Ramón Fernández, Universitat Politècnica de València, España

    Licenciada y Doctora en Derecho. Catedrática de Derecho Civil, Universitat Politècnica de València, España. http://www.upv.es/ficha-personal/frarafer

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Publicado

2025-12-01

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Cómo citar

Ramón Fernández, F. (2025). Protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante conforme la legislación española. Anales De La Facultad De Ciencias Juridicas Y Sociales De La Universidad Nacional De La Plata, 55, e237. https://doi.org/10.24215/25916386e237