La responsabilidad civil del auditor independiente de estados financieros

Autores/as

  • Antonio Juan Lattuca Universidad Nacional de Rosario y Consulto de la Pontificia Universidad Católica Argentina

DOI:

https://doi.org/10.24215/27188647e019

Palabras clave:

responsabilidad, civil, auditor, contrato, calificación

Resumen

Este ensayo trata la esencia de la responsabilidad civil del auditor de acuerdo con la ley argentina. Demuestra que jurídicamente el contrato de auditoría es un “contrato de obra” que se satisface entregando el informe del auditor. La obligación del auditor es una obligación de hacer que clasifica como “de resultados” siendo el factor de atribución de la responsabilidad “objetivo”. Ello implica que el auditor, para liberarse de la responsabilidad de cumplimiento del contrato, debe probar la interrupción del nexo causal entre el daño alegado por el comitente y su trabajo. Para los terceros reclamantes, el factor de atribución de responsabilidad es subjetivo y tendrán a su cargo probar el dolo o culpa del auditor. Finalmente, la ley le exige al auditor una mayor diligencia y previsibilidad de las consecuencias de sus actos respecto de alguien que carece de formación y, si resultare imputable por daños, responde tanto por las consecuencias mediatas e inmediatas de su labor. Su responsabilidad prescribe a los tres años a contar desde que la prestación sea exigible.

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Biografía del autor/a

Antonio Juan Lattuca, Universidad Nacional de Rosario y Consulto de la Pontificia Universidad Católica Argentina

Contador Público. Profesor Honorario de la UNR y Profesor Consulto de la UCA. Ex Profesor Titular de Auditoría y de Estados Contables en la UNR y en la UCA. Ex Director e investigador del Centro de Estudios Científicos y Técnicos (CECYT) y del CENCYA (FACPCE). Conferencista sobre temas contables y de auditoría en el país y en el exterior. Jurado universitario de tesis doctorales y de concursos docentes. Obtuvo el Premio “Roberto Casas Alatriste” junto con Cayetano V. Mora otorgado por la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC). Recibió el Diploma de Honor al Mérito Profesional otorgado por la AIC en Miami. Autor de numerosos libros y artículos sobre temas de su especialidad. Socio retirado de Deloitte & Co.

Citas

Fowler Newton, E. (2009). Tratado de Auditoría (4ª ed.). La Ley.

Spota, A. (1982). Tratado de Locación de Obra (Vol. 1). Depalma

Svidovsky, M. (1987). Contrato de Auditoría (Informe N° 8). CECYT, FACPCE.

Tacsir, A. (1969). ¿Es susceptible el contrato de auditoría de ser calificado como como locación de obra? Revista de Ciencias Económicas, 5, 481. y siguientes, Buenos Aires, octubre-diciembre 1969, citado por Fowler Newton, E. en Tratado de Auditoría (2009).

Vázquez Ferreyra, R. A. (2015). La responsabilidad civil del profesional en el nuevo Código. La Ley.

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Publicado

2023-07-10

Cómo citar

Lattuca, A. J. (2023). La responsabilidad civil del auditor independiente de estados financieros. Audit.AR, 2(2), 019. https://doi.org/10.24215/27188647e019