El principio de jurisdicción universal en el derecho internacional contemporáneo
Fundamentación normativa, práctica jurisdiccional y colisión con las inmunidades hereditarias
DOI :
https://doi.org/10.24215/2618303Xe084Mots-clés :
derechos humanos, crímenes internacionales, soberanía estatal, justicia transnacionalRésumé
Los derechos humanos, consagrados en la Declaración Universal de 1948, son prerrogativas inherentes a todos los seres humanos que trascienden ordenamientos jurídicos nacionales. Su conceptualización se logra a través del derecho internacional, fundamentándose en la dignidad humana. La jurisdicción universal surge como herramienta para combatir la impunidad en casos de graves violaciones de derechos humanos, permitiendo a los estados iniciar procesos penales independientemente del lugar del delito o la nacionalidad del acusado. Este principio se basa en la naturaleza del crimen y prescinde de los criterios clásicos de jurisdicción, justificándose en la importancia de perseguir delitos de gran gravedad como genocidio y crímenes de lesa humanidad. En función de esto, la formulación de la jurisdicción universal refleja un cambio paradigmático en el derecho internacional, reconociendo que ciertas violaciones trascienden fronteras nacionales. Su aplicación se evidencia en casos como el de Pinochet en Reino Unido, Kumar Lama, y Bai L. en Alemania; demostrando cómo permite superar limitaciones de soberanía estatal para garantizar la protección global de derechos humanos. Sin embargo, existen limitaciones, como la inmunidad de jefes de Estado en funciones, ilustrada en el caso del príncipe Mohammed Ben Zayed. Asimismo, existen casos recientes en Argentina contra ex funcionarios de Colombia y Venezuela, que demuestran el papel crucial de la jurisdicción universal en la defensa de derechos humanos, especialmente ante la falta de persecución en jurisdicciones nacionales, por esto es que más países latinoamericanos deberían adherirse a la aplicación de la jurisdicción universal para fortalecer el compromiso con los derechos humanos y distanciarse de una concepción de la soberanía jurisdiccional como prerrogativa absoluta de los estados.
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