Responsabilidad de Jefes de Estado por su participación en crímenes internacionales. Sobre la posibilidad de juzgar penalmente a los “líderes públicos criminales”

Autores/as

  • Favio Farinella

Palabras clave:

delitos internacionales, derechos humanos, jefes de Estado, responsabilidad

Resumen

No existe al momento una fundamentación precisa de la responsabilidad de los Jefes de Estado por los “crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto” tipificados en el Estatuto de Roma: crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio. Los buenos propósitos y la pena capital se han sucedido como forma de tratar con los Jefes de Estado que ordenan la comisión de estos delitos, por lo cual los consideramos enemigos de la humanidad. Desde la “moral internacional y la santidad de los tratados” invocados en los Tratados de Versailles, hasta la “amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar del mundo” reconocida en el Estatuto de Roma, cada norma que creó una jurisdicción penal de carácter internacional, afirmó la responsabilidad individual como un concepto auto-evidente. Este trabajo se propone fundamentar la responsabilidad de los jefes de Estado -verdaderos líderes públicos criminales- por su participación en crímenes internacionales a fin de evitar que los mismos secuestren principios y normas de Derecho Internacional general creadas para regular la vida interestatal, y los utilicen con el exclusivo propósito de escapar a su responsabilidad y castigo.

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Publicado

2017-12-11

Cómo citar

Farinella, F. (2017). Responsabilidad de Jefes de Estado por su participación en crímenes internacionales. Sobre la posibilidad de juzgar penalmente a los “líderes públicos criminales”. Anales De La Facultad De Ciencias Juridicas Y Sociales De La Universidad Nacional De La Plata, 14(47). Recuperado a partir de https://revistas.unlp.edu.ar/RevistaAnalesJursoc/article/view/4235

Número

Sección

Derecho Penal