¿Puede la administración pública ser un agente autónomo? Una crítica a la teoría del órgano desde la filosofía moral
DOI:
https://doi.org/10.24215/18522971e061Palabras clave:
collective responsibility, organicist theory, public administration, structuralismResumen
Este artículo considera la justificación de atribuir responsabilidad jurídica a los entes colectivos, especialmente, a la administración pública. En concreto, se evalúa si es dable entender a la administración pública como un agente autónomo, diferente de las personas que la conforman. Para ello, se hace un recorrido por los argumentos de las dos principales concepciones teóricas elaboradas en torno al tema: la teoría del órgano, que es la más aceptada en el ámbito de los juristas; y el estructuralismo, que es la más novedosa teoría filosófica sobre responsabilidad grupal. Las conclusiones muestran que los presupuestos teóricos que defiende la teoría del órgano no son admisibles para el estudio de la atribución de responsabilidad en el ámbito público.
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