Cadenas globales de valor, cambio climático y disputas por la reorientación del derecho internacional económico
Palabras clave:
Cadenas globales de valor, mitigación del cambio climático, bien público global, derecho internacional económico, Tratados de Libre ComercioResumen
Este artículo examina las implicaciones jurídicas de algunos enfoques actuales y muy difundidos, acerca de las cadenas globales de valor y el cambio climático entendido también como un evento de alcance mundial.
En tal sentido, abundan los diagnósticos equivocados acerca de las innovaciones tecnológicas y el funcionamiento del sistema económico internacional. Estos errores llevan a la formulación de propuestas de cambios normativos que, si fueran llevados a la práctica resultarían inviables. En el punto de partida, los diagnósticos que se cuestionan asimilan el concepto de “globalización” al de “libre comercio”. Por lo tanto desatienden al rol de los Estados nacionales en la reducción de los efectos indeseables de la globalización a fin de garantizar la subsistencia de sus propias poblaciones. Así se ignora que ese rol de protección tiene también un efecto de retroalimentación positiva para la propia economía global al regular el ritmo de amortización de bienes y servicios a medida que van siendo desplazados progresivamente de los mercados por las sucesivas oleadas de innovaciones tecnológicas.
Pero ¿qué significa “proteger a los residentes” desde el punto de vista de los requerimientos impuestos por esta economía global? Significa: negociar sistemáticamente bajo el paraguas del criterio de reciprocidad. Al respecto todavía no se valora suficientemente la contribución de los mal denominados “tratados de libre comercio” (TLC). Se han convertido en el instrumento para negociar y de esa manera armonizar, sobre la base del criterio de reciprocidad, las soluciones normativas para una gran variedad de cuestiones entre las cuales están incluidas las cadenasde valor y la reducción del cambio climático.
El trabajo compara propuestas normativas con disposiciones efectivamente aplicadas en la OMC, los TLC y los ordenamientos nacionales en relación a las cadenas globales de valor y a las políticas frente a la contaminación y degradación ambiental: aranceles, medidas restrictivas, reglas de origen, facilitación, transparencia, subsidios, comercio de servicios, inversiones y propiedad intelectual.
En resumen, el autor aspira a recrear una perspectiva jurídica más realista y por lo tanto acorde a las demandas del desarrollo sustentable.
Por último, es objetada la tendencia de los países en desarrollo al suscribir los diagnósticos equivocados y limitarse a pedir tratamientos especiales y diferenciados que van profundizando en el tiempo las brechas tecnológicas con el mundo desarrollado. En cambio se sugiere concentrar los esfuerzos para obtener asistencia y cooperación tecnológica y financiera vinculándola operativamente a las negociaciones comerciales y económicas.
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